El Dandy en la Comisión de Lucha Libre de la Ciudad de México. ¿Cuáles serían sus responsabilidades?

Conteo de 20 segundos por Edrich Ballesteros

Se ha estado hablando en fechas recientes, de la incorporación del luchador Roberto Gutiérrez Frías, conocido por todos como El Dandy a la Comisión de Lucha Libre de la Ciudad de México, incluso él mismo ha publicado en sus redes sociales, que llegará a poner orden y que aquellos que se habían acostumbrado a no cumplir, con él no la tendrán tan fácil.

El Dandy se ha caracterizado por ser una persona que dice lo que piensa, sin importar a quién le caiga la piedra, hombre forjado a base de esfuerzo y entrega en el ring, quienes lo vimos, recordamos esos encuentros contra El Satánico por mencionar uno, en donde todos sabíamos que ambos derrocharían calidad y sobre todo, demostrarían lo que la lucha libre es y debe ser siempre.

Como comisionado, sin importar el nombre, hay una serie de actos y responsabilidades que se debe cumplir, tal y como lo establece el reglamento correspondiente, que dice así:

CAPITULO VI
De las atribuciones de los Comisionados


Artículo 12.- Corresponde a los Comisionados:


I.- Presenciar la celebración de espectáculos de lucha libre profesional, autorizados previamente
por la Comisión, para vigilar el debido cumplimiento de los Reglamentos: para el Funcionamiento
de Establecimientos Mercantiles y Celebración de Espectáculos Públicos en el Distrito Federal y el
Técnico en vigor;


II.- Vigilar que la función se desarrolle de acuerdo al programa anunciado al público, cumpliéndose
con la reglamentación vigente y con las disposiciones establecidas por la Comisión;


III.- Mantener bajo su autoridad al Inspector, quien vigilará que en los espectáculos de lucha libre
no se altere el orden público, no se crucen apuestas, no se ataque o insulte a los luchadores,
comisionados y oficiales, solicitando, en todo caso, la intervención de la fuerza pública para poner
a disposición de la autoridad competente a quien incurra en infracciones;


IV.- Estar presente en la ceremonia de pesaje tratándose de una lucha de campeonato, y


V.- Sancionar a luchadores, promotores o auxiliares cuando hayan infringido algunas de las
disposiciones reglamentarias, informando al pleno de la Comisión de las causas que dieron origen
a la sanción en su próxima reunión.

Artículo 13.- El Comisionado deberá arribar a la arena con una hora de anticipación al inicio de la
función y en cumplimiento de su cometido procederá a:


I.- Coordinarse con el responsable o representante de la empresa para el manejo del programa de
la función de lucha libre a celebrarse;


II.- Dar las indicaciones pertinentes al anunciador;


III.- Verificar que el Jefe de los Servicios Médicos, o el auxiliar que éste designe, estén presentes
en el local de la función, a fin de realizar el examen médico a los luchadores participantes, para
comprobar su estado físico atlético;


IV.- Distribuir los lugares de los comisionados y oficiales;


V.- Supervisar que el ring reúna las condiciones técnicas necesarias para celebrar la función de
lucha libre;


VI.- Vigilar que, ante cualquier cambio en el programa autorizado, el cual no haya sido posible
anunciar previo al inicio de la función, la empresa haga del conocimiento del público las
modificaciones del caso mediante avisos fijados en las taquillas y puertas de acceso a la arena;


VII.- Vigilar que la primera lucha suba en punto de la hora anunciada para dar inicio al programa;


VIII.- Vigilar que los auxiliares autorizados para atender a los luchadores programados se
presenten en el ring de manera decorosa en cuanto a su vestimenta;


IX.- Detener un combate, para lo cual considerará, invariablemente en su decisión final, la opinión
del médico de ring y, en su caso, del referí designado;


X.- Solicitar al Jefe de los Servicios Médicos, o auxiliar que éste designe, el examen de un luchador
que presente algún tipo de lesión. En tal caso, el Servicio Médico informará al Comisionado si
procede o no la detención del combate, siendo su dictamen inapelable, e


XI.- Informar a la Comisión sobre los acontecimientos de la función de lucha libre que sancionó

Ser comisionado no solo significa estar en primera fila para ver una función, como se observa, debe cumplir con muchas responsabilidades en beneficio del público y de los mismos luchadores, y si va a aplicar mano dura, debe empezar con los promotores, pues muchas veces ellos son los que imponen a tal o cual “luchador” por tener alguna afinidad o parentesco, sin importarle que no cumpla ni con el hecho de tener una licencia que lo avale como profesional.

Ojalá, se acaben viejas prácticas que han hecho de la lucha libre, un circo, en donde luchas importantes son definidas por agentes externos, por intromisiones de terceros, por el uso ilegal de algún objeto, y el comisionado en turno, en vez de poner orden, se queda sin intervenir.

Por igual, veamos si es verdad que podrá combatir con esas luchas en modalidades que ni en el reglamento existen, veamos si de verdad se respetará el reglamento correspondiente en cuanto a la indumentaria del luchador, veamos si de verdad se sanciona al promotor que no cuente con un servicio médico adecuado en beneficio del luchador y de su integridad, porque El Dandy de no hacer valer su posición, quedaría como uno más que habló mucho e hizo nada.

Para que la lucha libre siga vigente, es importante que todos los que en ella participan, cumplan con sus obligaciones, que sea de verdad, un deporte regulado en beneficio de la calidad y del público que asiste a una arena, pero si la autoridad no empieza poniendo el ejemplo, entonces nada cambiará.

En caso de que las cosas no cambien, muchos saldrán con la cabeza agachada y sabiendo que más pronto cae un hablador que un cojo, esperemos no sea el caso y que vengan mejores momentos para la lucha libre no solo en la capital, sino en el país…

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