El cargo de Presidente de la Comisión de Lucha Libre de la CDMX… ¿Honorario?

Una de las cosas que mas suelen ocurrir, es que no sabemos la verdad de las cosas, no por ignorancia, sino por no querer investigar y dejarnos llevar por lo que dicen otros que dicen conocer del tema, y esto, se debe a que no somos muy dados a la investigación por nuestra cuenta, es más cómodo para muchos y funciona para otros, aunque eso los convierta en personas sin un criterio propio.

De lo anterior, no está exenta la lucha libre, pues muchos que se dicen conocedores, han dicho por años, que el cargo de Presidente de la H. Comisión de Lucha Libre de la Ciudad de México, es un cargo honorario, cuando en realidad, las cosas no son así.

EL REGLAMENTO

La Comisión de Lucha Libre de la Ciudad de México, no es una asociación, no es un club, es conforme al artículo 3 del REGLAMENTO TÉCNICO de la H. Comisión de Lucha Libre de la hoy Ciudad de México (antes Distrito Federal) un cuerpo técnico, autónomo y dependiente administrativamente del Instituto del Deporte del Distrito Federal (hoy CDMX).

Así que no, no es un grupo de amigos que se juntaron porque un día se les ocurrió nomás porque sí para ver qué salía, es un órgano de gobierno de la Ciudad de México, por lo que la máxima autoridad es el Jefe de Gobierno en turno, como de cualquier otra dependencia de la CDMX.

Una vez que ya vimos qué es la Comisión, la pregunta es:

¿Y EL PRESIDENTE?

Aquí viene lo mejor, que deja ver el conocimiento pleno del tema a cargo de los conocedores que dicen que es un cargo honorario y otras cosas más, porque de acuerdo a dicho REGLAMENTO TÉCNICO de la H. Comisión de Lucha Libre de la hoy CDMX, la realidad es la siguiente:

“Artículo 4.- La Comisión se integra de la siguiente manera:

Un Presidente, quién será propuesto por la Dirección General del Instituto del Deporte del Distrito Federal (hoy CDMX) y nombrado por el Jefe de Gobierno…”

Por más que se le busque, no, no hay un solo apartado que diga que el cargo de Presidente es HONORARIO, no hay un solo reglamento o disposición que haga válido ese pensamiento que no es más que una mentira que se ha ido transmitiendo a lo largo del tiempo y gracias al poco interés de buscar información para tener un criterio propio y no dejarse llevar por aquél que dice que conoce el tema.

Para hablar las cosas, hay que saber lo que se dice, por qué se dice y en qué se basa lo que se dice, siempre y cuando, claro, se quiera tener la verdad y no solo una mentira que se ha repetido muchas veces.

Así que hoy, por lo menos, ya sabemos que el cargo de Presidente, no es ni ha sido HONORARIO, y no se ve que lo sea en algún momento.

Siempre será mejor investigar que creer en cualquiera…

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4 comentarios en “El cargo de Presidente de la Comisión de Lucha Libre de la CDMX… ¿Honorario?”

  1. jorge gomez garnica el fonografo del ring

    la ley menciona claramente que el puesto es honorifico y que solo duraran en el encargo por 3 años pudiendo ser reelectos en un periodo mas el reglamento tecnico se presento hace varios años pero al no ser publicado en la gaceta se queda en calidad de proyecto.

    1. Artículo 4º.- La Comisión se integrará de la siguiente manera:
      I.- Un presidente, quien será propuesto por la Dirección General de Promoción Deportiva y
      nombrado por el Jefe del Departamento del Distrito Federal;

      En ningún punto señala lo de “honorario”

      Muchas gracias por su comentario.

      1. el reglamento emana de la ley es nivel superior la ley anteriormente fue solo como usted menciona la asamblea legislativa cuarta lo reformo y regulo las comisiones de espectáculos deportivos,, titulo cuarto de las comisiones de espectaculos publicos articulo 63 dice no recibirán compensacion alguna y duraran tres años y solo seran reelectos por un periodo mas. en el articulo 66 corresponde al jefe de gobierno nombrar a los integrantes y el jefe de servicios medicos a propuesta de la comision de medicina deportiva de la ciudad. no como actualmente que tienen a un comisionado y a la vez medico. su servidor fue diputado suplente de la quinta asamblea legislativa y comisionado desde 1989 hasta el año pasado también comisionado en el estado de mexico me reitero a sus ordenes. p,d,de las mesas de trabajo cuando se elaboro la separacion y reglamento de la lucha libre con el box solo esta el dr manuel galvan y su servidor,

      2. Cómo bien mencionas en ninguna parte dice honorario, pero tampoco dice que se recibirá una remuneración.
        Por lo que puede considerarse honorífico, pues no es un puesto de cargo al horario público.

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